CUENTA BÁSICA

Apertura

TU CUENTA BÁSICA

La cuenta básica es un producto ofrecido por entidades financieras, formalizada mediante un contrato entre una entidad financiera y una persona natural, muy útil para gestionar fondos depositados de manera accesible y sencilla, a través de los canales habilitados por la entidad financiera y que están especificados en dicho contrato.

Requisitos

Copia de cédula

En el caso de personas en situación de movilidad humana, se considerará como requisito único para la apertura de cuenta básica la presentación de alguno de los documentos señalados a continuación

Documento o cédula de identidad o pasaporte vigente expedido por el país de origen vigente, conforme la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles;

Cualquier tipo de visado concedido por el Estado ecuatoriano, conforme lo señala la Ley Orgánica de Movilidad Humana; o,

En el caso de los ciudadanos de nacionalidad venezolana, conforme lo dispuesto en la Resolución N° JPRF-F-2023 088 de la Junta de Política y Regulación Financiera y el Decreto Ejecutivo Nro. 436 de 01 de junio del 2022, podrán presentar la cédula de identidad venezolana vigente o su pasaporte, el cual será válido hasta cinco (5) años después de la fecha de su vencimiento o de la prórroga, sin perjuicio de los criterios técnicos y jurídicos que decida regular la Junta de Política y Regulación Financiera sobre aspectos de inclusión financiera.

Contrato de apertura
Contrato de apertura de cuenta obligatorio después de solicitar la apertura
Formulario Apertura
Antes de abrir una cuenta descarga y rellena nuestro formulario de apertura para que puedas subirlo en el formulairo de abajo.
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¿Tienes dudas?

PREGUNTAS FRECUENTES

Para su apertura no se requiere de un depósito inicial ni de certificados de aportación

Los menores de edad podrán ser titulares de una cuenta básica y podrán abrir y manejar una cuenta a través de sus padres en el ejercicio de la patria potestad o por sus representantes legales.

Si, se establece un límite para saldos con corte a fin de cada mes que no superará el valor de cuatro salarios básicos unificados y en retiros no podrá superar los 6 salarios básicos

Si, mediante los canales virtuales y por los medios de comunicación autorizados por la Cooperativa como WhatsApp e Email

La cancelación y cierre de la cuenta es inmediato.

Cuando el manejo de la cuenta no se ajusta al giro del negocio o determine que el titular no ha justificado origen, movimientos y destino lícitos de los recursos existe y por lo tanto procede a la cancelación y cierre de la cuenta básica, para lo cual la entidad comunicará al titular con al menos treinta (30) días de antelación sobre esta decisión